Sunat: Aumenta en 70% el número de mypes que se benefician con IGV Justo
Este beneficio de la prórroga del IGV beneficia a las mypes con ventas anuales no mayores a S/ 6.71 millones o 1,700 UIT. ¿Qué requisitos deben cumplir los solicitantes?
Por: Redacción Gestion.pe
El beneficio del IGV Justo, que permite diferir el pago de este impuesto hasta por tres meses una vez presentada la declaración mensual, viene siendo utilizado por más micro y pequeñas empresas (mypes) desde marzo del presente año, cuando se inició el acogimiento, informó hoy la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat).
Indicó que en el periodo febrero 2017 (que se declara en marzo) se acogieron más de 29,000 contribuyentes por un monto de deuda tributaria diferida de S/ 54.4 millones.
Sin embargo, en el periodo julio 2017 (que se declara en agosto) la cantidad de contribuyentes aumentó en más de 70% llegando a los 51,386 mypes por un valor de S/ 92.6 millones de deuda por IGV diferida.
Esta es la evolución mensual creciente en el acogimiento al beneficio del IGV Justo:
Requisitos
La prórroga del IGV beneficia a las mypes con ventas anuales no mayores a S/ 6.71 millones (1,700 UIT). Además, deben cumplir otros requisitos tales como:
- No mantener deuda tributaria en cobranza coactiva superior a S/ 4,050 (1 UIT).
- No tener como titular a una persona natural o socios condenados por delitos tributarios.
- No se encuentren en proceso concursal.
- Haber presentado sus declaraciones y/o efectuado el pago de sus obligaciones del IGV y del Impuesto a la Renta, de los doce (12) periodos anteriores al plazo para regularizar; salvo que hubieran regularizado la declaración, el pago del tributo o fraccionado la deuda en un plazo de hasta noventa días previos a la fecha de acogimiento.
Finalmente se debe señalar que los contribuyentes pueden ingresar a la “Consulta Padrón de Prórroga de Pago de IGV” que se encuentra en nuestro Portal, y verificar si pueden acogerse a este beneficio que se ejerce por cada periodo tributario.
Para ello, deben marcar la opción que figura en el Formulario Virtual o PDT N° 621 Declaración Jurada Mensual del IGV y Renta.