SBS emitirá Constancia de Depósitos de personas fallecidas en plazo máximo de nueve días

Con la finalidad de solicitar la Constancia de Depósitos, el heredero deberá adjuntar copia simple del DNI, copia certificada del Acta o Partida de Defunción y la declaratoria de herederos o testamento inscrito en los Registros Públicos.

Por: Redacción Gestion.pe

La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) puso a disposición a partir de hoy, el servicio de emisión de la Constancia de Depósitos que permitirá a los herederos, debidamente acreditados, acceder a la información sobre los depósitos u otros productos pasivos que sus familiares fallecidos pudieran mantener en las empresas del sistema financiero.

Se entiende por depósito a cualquier operación pasiva como depósitos a la vista, a plazos, ahorros, valores, documentos y objetos en custodia o contenidos en cajas de seguridad, de acuerdo a lo establecido por las Circulares N° B-2216-2013, N° F-556-2013, N° CM-404-2013 y N° CR-272-2013, publicadas el pasado 15 de noviembre.

Precisó que en el caso de las cajas de seguridad, sólo se informará si el familiar fallecido ha sido titular de una caja, más no así su contenido.

La constancia se emitirá en un plazo máximo de nueve días hábiles, contados a partir de la presentación de la solicitud con la documentación completa.

La solicitud podrá presentarse en la oficina de Trámite Documentario de la SBS, ubicada en Av. Dos de Mayo N° 1511, San Isidro; o en la Plataforma de Atención al Usuario (PAU), en Jr. Junín 270, Cercado de Lima.

La Constancia de Depósitos contendrá la información sobre la titularidad única o mancomunada de los depósitos y/o valores del fallecido que pudiera haber tenido tanto en bancos, financieras, cajas municipales y cajas rurales de Ahorro y Crédito (CMAC y CRAC).

En el caso de depósitos mancomunados, sólo se brindará la información del fallecido, no de los mancomunados.