Esto es lo que ha cambiado si deseas retirar una parte de tu CTS

Hasta la entrega de la CTS de mayo de 2016, el empleador debía comunicar a la empresa a cuánto ascendía la última remuneración mensual. ¿Qué ha cambiado?

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Por: Redacción Gestion.pe

El 15 de noviembre vence el plazo para que las empresas del país depositen la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) a sus trabajadores en planilla. Sin embargo, en cualquier momento del año, estos pueden disponer del 100% del excedente de cuatro remuneraciones.

Hasta mayo, cuando se dio la última entrega, el empleador (empresa) debía informar de oficio a todas las entidades financieras el importe de las cuatro últimas remuneraciones mensuales brutas a la entidad financiera depositaria de la CTS.

“Hoy en día eso ya no es así”, dijo Mónica Pizarro, socia coordinadora del área Laboral del Estudio Echecopar, asociado a Bajer & Mckenzie Internacional.

“Para este depósito de noviembre lo que se ha previsto es que todo va a ser a iniciativa del trabajador. Es decir, el trabajador que quiere retirar su CTS en cualquier momento del año le va a pedir a su empleador que le comunique al banco a cuánto equivale su última remuneración mensual para que el banco pueda hacer ese cálculo por cuatro”, añadió.

Esto reducirá la carga de trámites que una empresa debía realizar. “Si yo tenía 1,000 trabajadores, tenía que mandarle al banco o a la entidad financiera que correspondiese 1,000 comunicaciones, cada una especificando cuánto ganaba cada uno de los trabajadores”, detalló.

La empresa tendrá un plazo de tres días hábiles para dar una respuesta una vez que el trabajador solicita este trámite (ver aquí más detalles).

La CTS tiene como objetivo paliar la contingencia de que el trabajador se quede sin empleo.