¿Cuánto y dónde pueden pagar los extranjeros su Tasa Anual de Extranjería?
Como el trámite es virtual, quedaron eliminados los hologramas autoadhesivos que se colocaban antes en el reverso del carnet de extranjería cuando el trámite se realizaba de forma presencial.
Por: Redacción Gestion.pe
La Superintendencia Nacional de Migraciones recordó hoy a todos los ciudadanos extranjeros que residen en el país que pueden tramitar la Tasa Anual de Extranjería (TAE) vía Internet y sin necesidad de acudir a las oficinas de la entidad ni hacer colas.
Para realizar ese trámite en línea, deben ingresar a la web de Migraciones, dar clic en el enlace “pago de tasa anual”, digitar el número de carné de extranjería y otros datos personales, así como el número del recibo del pago efectuado en el Banco de la Nación por ese concepto.
No se necesita usuario o contraseña para acceder a ese trámite en línea, precisó la entidad.
La TAE asciende a US$ 20, que al tipo de cambio de la fecha equivale a S/ 67.4, y debe ser abonada por los extranjeros residentes en el país en los tres primeros meses del año; a efectos de evitar el pago de la multa de 100% de la tasa por cada trimestre sin cancelar.
Como el trámite es virtual, quedaron eliminados los hologramas autoadhesivos que se colocaban antes en el reverso del carnet de extranjería cuando el trámite se realizaba de forma presencial.
Las entidades públicas y privadas que requieran verificar si el extranjero está al día con sus obligaciones, pueden hacerlo mediante la consulta en línea habilitada en la página web de Migraciones.
En país existen más de 87,000 extranjeros residentes (que ingresaron al país para realizar actividades por el plazo de un año prorrogable); y 19,000 inmigrantes (que residen de forma permanente el país) que pueden realizar ese trámite vía Internet.
De acuerdo al artículo 3 del decreto supremo N° 206-83-EFC, están exonerados del pago de esa tasa los cónsules o agentes consulares, los empleados de las misiones diplomáticas, los profesionales y técnicos contratados por el Estado, así como los extranjeros casados con ciudadanos peruanos, entre otros.
El pago de la Tasa Anual de Extranjería puede efectuarse en cualquier Agencia del Banco de la Nación o Agente autorizado, con el código 2690.