CTS: Trabajadores de sector público recibirán pago dos veces al año
El pleno del Congreso aprobó anoche por insistencia, tras una observación del Ejecutivo, que los empleados estatales también puedan escoger un banco para sus depósitos.
Por: Redacción Gestion.pe
Los trabajadores del sector público adscritos al Decreto Legislativo 728 y a la ley del Servicio Civil, podrán disponer de sus depósitos por Compensación por Tiempo de Servicios (CTS), según la ley aprobada ayer a medianoche por el Pleno del Congreso en insistencia.
El pago de la CTS se efectuará cada seis meses en las entidades financieras que elija el trabajador.
La norma fue aprobada por 67 votos a favor, uno en contra y cero abstenciones. Yhony Lescano, vicepresidente de la Comisión de Trabajo del Parlamento, recordó que el Ejecutivo había observado esta ley al considerar que no existía discriminación entre trabajadores públicos y privados, como señala el dictamen, y que era inconstitucional, pues el Parlamento había tenido iniciativa de gasto.
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De acuerdo a la insistencia en la ley, sí habría existido discriminación frente a los trabajadores del sector privado que reciben el pago de CTS de sus empleadores semestralmente y pueden retirarlo, mientras que los trabajadores adscritos al Decreto Legislativo 728 y a la Ley del Servicio Civil recibían ese pago al final de su actividad laboral.
Esta ley había sido aprobada por el Pleno del Congreso el pasado 15 de octubre y exonerada de la segunda votación el mismo día.
Sin CTS
El Estado no está obligado al depósito de los trabajadores contratados bajo el régimen laboral del D. Leg. 276 (a los que se deposita al cese de la relación laboral); aquellos con Contratos Administrativos de Servicios CAS (ya que no tienen este beneficio legal), entre otros.