Conozca cinco tips para contratar a un trabajador extranjero

Especial TU DINERO. Los principales países de origen de los extranjeros ingresan a Perú son España 21.2% y Colombia 20.4%, según el último reporte del INEI.

Por: Redacción Gestion.pe

Dado el incremento de extranjeros que vienen a laborar al país, conversamos con el laboralista César Puntriano, socio de PwC, respecto a cinco recomendaciones para las empresas en estas contrataciones:

1.- Antes de que ingrese al Perú deberá gestionar en su país la documentación que va a tener que presentar ante el Ministerio de Trabajo (MTPE) para que su contrato sea aprobado.

Básicamente requerirá un certificado de trabajo que acredite experiencia profesional;o un diploma o título profesional que demuestre su conocimiento técnico.

Si el extranjero tiene previsto obtener la residencia de su familia (esposa° e hijos) deberá traer también las partidas de nacimiento/matrimonio originales. Dichos documentos deben estar certificados por el Consulado Peruano del país de emisión o apostillados. Si se emiten en otro idioma serán traducidos oficialmente al castellano en el Perú.

2.- Para que el extranjero firme válidamente su contrato de deberá ingresar con la condición migratoria de negocios (se obtiene en el exterior salvo Chilenos, Mexicanos o Colombianos que la pueden tramitar en el aeropuerto o de la Unión Europea-espacio Schengen).

Si viene como turista debe obtener un permiso especial para firmar contratos en la Superintendencia Nacional de Migraciones (Migraciones).

3.- Hay que tener mucho cuidado en cumplir con el contenido mínimo exigible por ley para el contrato pues el MTPE es riguroso en la verificación. Por ejemplo, verificar que el nombre del extranjero coincida con su pasaporte, indicar si posee sexo masculino o femenino, por más que el nombre lo haga evidente, así como el lugar de nacimiento pues no basta solo la nacionalidad, entre otra información esencial.

Además, deben estar la cláusula que establece que el extranjero no puede iniciar labores si no ha obtenido la condición migratoria habilitante en Migraciones.

Importante tener presente que este contrato se sujeta a un plazo máximo de 3 años renovable.

Luego, el contrato y otros documentos deben presentarse ante el MTPE para la aprobación respectiva.

4.- El número de extranjeros a contratar no debe exceder del 20% del total de trabajadores de la empresa ni su remuneración ser más del 30% de la planilla, salvo que ocupe la posición de Gerente o se trate de un profesional especializado.

Además, si el extranjero es casado con peruana, con hermanos o papás peruanos, nacional de Ecuador, Colombia o Bolivia, no será necesario que su contrato se apruebe por el MTPE.

5.- Con la aprobación del MTPE o registro del contrato (ver excepciones anteriores), lo que siguiente es obtener la residencia por trabajo en Migraciones. Expedida la residencia por 1 año como mínimo (se emite un carné de extranjería) recién se podrá ingresar al extranjero en planillas.

Algunos países como Chile, Brasil, Uruguay, Paraguay, Colombia o Argentina poseen acuerdos con el Perú por los cuales les otorgan 2 años de residencia sin contrato de trabajo inclusive.

Los datos
El Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) informó que en el mes de enero de 2016, se registraron 391,762 movimientos migratorios de entradas de extranjeras y extranjeros en los puestos de control a nivel nacional, comentó Puntriano.

Detalló, que esta cantidad es superior en 2.7% respecto al mismo mes de 2015, y que, la entrada de extranjeras y extranjeros incluye todo tipo de ingresos: turistas, tripulantes, diplomáticos, entre otros.

También en el mismo periodo, se registraron 8,934 movimientos migratorios de entradas de extranjeras y extranjeros al país con calidad migratoria de trabajador, resultado mayor en 4% respecto a similar periodo del 2015.

Según nacionalidad, las extranjeras y los extranjeros que llegaron en calidad migratoria de trabajador son España 21.2%, Colombia 20.4%, Chile 8.6%, Argentina 8.3%, Brasil 8.1%, Ecuador 5.2%, Venezuela 4.9%, EE.UU. 3.3%, Bolivia y México 2.3% cada uno, Italia 2.0%, Gran Bretaña y Francia 1.3% cada uno, Portugal 1.2% y otros países 9.6%.