Bancos tendrán que cobrar deudas más caras por delante

La obligación más cara contraída con el dinero plástico es la disposición de efectivo, por lo que debería ser cobrada primero. Rolando Castellares sostiene que esta medida reducirá la carga financiera de las personas.

Regla. Ya no se podrá pagar menos de S/. 30 al cancelar las obligaciones con tarjetas de crédito. (Gestión)

Por: Redacción Gestion.pe

Omar Manrique P.
omanrique@diariogestion.com.pe

Es una práctica común que algunas entidades financieras cobren las deudas con tarjetas de crédito menos caras por delante, y dejen para el final aquellas obligaciones más onerosas, según el experto Rolando Castellares.

Sin embargo, acotó que esta usanza será desterrada totalmente una vez que entre vigor el proyecto de norma publicado por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS), que regula los pagos de las deudas asumidas con el dinero plástico.

“Los usuarios de las tarjetas de crédito suelen tener más de una obligación con estos plásticos. Ahora quedará claro, por ley, que las entidades financieras deberán cobrar primero las deudas más caras (con tasas de interés más elevadas)”, dijo el especialista.

“Pagar primero las obligaciones con tasas más elevadas, beneficiará a los clientes pues su carga financiera bajará más rápidamente”, añadió.

La deuda más cara que se contrae con el dinero plástico es la disposición de efectivo, seguida por los préstamos revolventes. El más barata suele ser el financiamiento en cuotas.

Perjuicio
La norma prepublicada señala: “El orden de imputación aplicable para el pago del crédito de tarjeta deberá ser claro, y no podrá conllevar un agravamiento desproporcionado del monto adeudado”.

El dispositivo agrega que un agravamiento desproporcionado se suscita cuando el orden de los pagos (de las deudas contraídas con la tarjeta de crédito), que fija la entidad bancaria, perjudica económicamente al usuario.

Castellares señala que, para el tarjetahabiente, cancelar las deudas más caras al final de todas sus obligaciones, es oneroso, y que, por lo tanto, la norma es destacable en este punto.

Pagos mínimos
Otro de los aspectos destacables de este proyecto de norma es que fija en S/. 30 el pago mínimo que una persona debe realizar al cancelar su obligación en moneda nacional con tarjeta de crédito. Si la deuda es en dólares, el pago mínimo será de US$ 10.

El abogado resaltó que esta disposición evitará que las deudas asumidas con el dinero plástico se extiendan ad infinitum, cuando el cliente opta por la modalidad del pago mínimo. Detalló que ahora, al escoger este esquema de pago, las personas, aun sin tomar nuevas obligaciones, verían que sus deudas con tarjetas recién serían canceladas en 300, 500 o más meses, en algunos casos.

“Esto, en la práctica, vuelve inextinguibles a esas deudas. Pero esto no solo pasa en el Perú, también se observa en Estados Unidos y otros países”, expresó.