Las AFP podrán dar una pensión provisional a los jubilados o sus beneficiarios
Ello ocurrirá cuando demore la acreditación del Bono de Reconocimiento o hayan disputas legales en la declaratoria de herederos de los beneficiarios, anunció hoy la SBS durante el foro Perú Capital Markets, Banking & Finance Day.
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Por: José Carlos Reyes
Un problema al que se enfrenta el recién jubilado o sus beneficiarios –en caso el afiliado haya fallecido- es la demora para recibir la pensión, lo cual puede tardar meses o incluso años.
Una de las trabas es la demora para acceder al Bono de Reconocimiento del afiliado que antes estuvo en la ONP. Otra dificultad se da cuando hay disputas legales en la declaratoria de herederos del afiliado a las AFP.
Ante ello, la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) ha prepublicado esta semana un proyecto de norma para crear la “pensión provisional flexible”, la cual se otorgará mientras se tenga la pensión definitiva.
“Se busca que la familia no se quede sin pensión mientras se va tramitando la pensión definitiva”, señaló hoy la jefa de la SBS, Socorro Heysen, durante su presentación en el Perú Capital Markets, Banking & Finance Day 2017.
El proyecto de norma señala que la “pensión provisional flexible” se otorga con la sola presentación de una declaración jurada que consigne a sus potenciales beneficiarios y se ofrece bajo la modalidad de retiro programado.
La “pensión provisional flexible” se otorgará en un plazo máximo de cinco días hábiles en Lima y seis días hábiles en provincias.
Esta “pensión provisional flexible” se otorgará por un plazo de 24 meses, pudiéndose renovar por 24 meses adicionales.
“Esto hará al sistema previsional más atractivo. Quizá así más personas opten por tener una pensión en lugar de retirar el 95.5% de sus fondos”, anotó Heysen.
El proyecto de norma recibirá comentarios hasta el 17 de noviembre, tras lo cual será oficializado por la SBS.