¿Cómo viajar a Europa sin visa Schengen desde marzo?

Primer lote de 5,000 pasaportes electrónicos que se entregarán desde hoy ya están reservados. Sin embargo, ciudadanos podrán seguir realizando el proceso de solicitud vía internet.

Por: Redacción Gestion.pe

La Superintendente Nacional de Migraciones informó que ya se agotó el primer lote de 5,000 pasaportes electrónicos que serán entregados desde hoy hasta el 2 de abril.

No obstante, el regulador señaló que se ampliarán las fechas para que los ciudadanos programen sus citas entre el 3 de abril hasta el 7 de julio. El proceso de solicitud podrá realizarse vía internet.

Viajar sin visa
Como se recuerda, el Gobierno anunció que a partir de marzo se elimina la visa Schengen por un periodo de tres meses. De esta manera, los peruanos podrán viajar sin necesidad de visado a Alemania, Austria, Bélgica, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, España, Estonia, Finlandia, Francia, Suecia, República Checa, Hungría, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Países Bajos, Polonia, Portugal, Grecia y cuatro más no miembros de la Unión Europea: Suiza, Noruega, Islandia, Liechtenstein.

Conozca la Guía Práctica que preparó Legalteam para que todos los peruanos puedan viajar a Europa sin la necesidad de tramitar la visa Schengen:

1. Pasaporte o documento de viaje válido al menos hasta tres meses después de la fecha prevista de salida del territorio Schengen.

2. El pasaporte o documento de viaje debe haber sido expedido como máximo 10 años antes a la fecha prevista del viaje. No se aceptan los pasaportes o documentos de viaje renovados cuya primera expedición tuvo lugar hace más de 10 años.

3. El pasaporte o documento de viaje debe tener al menos dos páginas en blanco.

4. Los pasaportes o documentos de viaje visiblemente deteriorados, dañados total o parcialmente, con alguna de sus hojas desprendidas o rasgadas o que no tengan banda de lectura magnética serán rechazados. Si tiene dudas al respecto, le recomendamos que renueve el pasaporte.

5. Reserva de pasaje billete de avión de ida y vuelta

6. Documentos justificativos del alojamiento (reserva de hotel, contrato de alquiler, carta de invitación expedida por una Comisaría de Policía en España en caso de ser invitado por un particular residente en España, etc.). En caso de tours organizados, la reserva debe haber sido gestionada a través de una agencia de viajes acreditadas por la IATA (Asociación Internacional de Transporte Aéreo).

7. Documentos que justifiquen la disponibilidad de recursos económicos propios (si el solicitante es dependiente económicamente, la documentación será la de los padres, cónyuge o hijos).

8. Seguro médico de viaje que cubra, durante el periodo previsto de estancia en el Espacio Schengen, los gastos que pueda ocasionar su repatriación por motivos médicos o por defunción, la asistencia médica de urgencia o la atención hospitalaria de urgencia, válido en todo el territorio de los Estados Schengen y con una cobertura mínima de 30.000 euros.