Manuel Burga: TC rechazó hábeas corpus presentado por su defensa para impedir extradición
El abogado de Burga, César Nakasaki, había señalado que estaban a la espera del fallo del TC para evitar la extradición a EE.UU. del expresidente de la Federación Peruana de Fútbol.
Por: Redacción Gestion.pe
La suerte estaría echada para el expresidente de la Federación Peruana de Fútbol, Manuel Burga.
El Tribunal Constitucional (TC) rechazó la acción presentada por su defensa para impedir su extradición a EEUU.
El abogado de Burga, César Nakasaki, había señalado que estaban a la espera del fallo del TC para evitar la extradición de Burga.
Esto luego de que hoy el Ministerio de Justicia publicó una resolución suprema en la que accede a la solicitud de extradición pasiva de Burga Seoane, formulada por el Tribunal Distrital de los Estados Unidos para el Distrito Este de Nueva York.
[ LEA TAMBIÉN: Gobierno peruano accede a pedido de extradición de Manuel Burga a EEUU]
El fallo
La sentencia del Tribunal Constitucional señala que la cuestión de derecho contenida en el recurso carece de especial trascendencia constitucional.
Explica que un recurso carece de especial trascendencia constitucional cuando no está relacionado con el contenido constitucionalmente protegido de un derecho fundamental o cuando lo pretendido no alude a un asunto que requiere una tutela de especial urgencia.
El presente caso –precisa la Sala– no corresponde ser resuelto en la vía constitucional porque el recurrente solicita que el Estado peruano, representado por el Poder Ejecutivo, se abstenga de extraditar a Burga Seoane a los Estados Unidos.
Argumenta que los hechos por los cuales se declaró procedente la extradición no constituyen delito de asociación ilícita para delinquir.
Al respecto, la Sala considera que se pretende, vía proceso de hábeas corpus, que la judicatura constitucional se pronuncie sobre si es o no pertinente la tipificación hecha por la Corte Suprema.
“Este análisis corresponde a la judicatura ordinaria como así ha sido realizado en el presente caso”, subrayó el TC.