Poder Judicial revoca Habeas Corpus que libró de sanción a exfuncionarios del Callao

Según la Contraloría, la decisión judicial constituye un precedente para evitar el uso indebido de acciones constitucionales por parte de procesados y sancionados administrativamente por la Contraloría General.

Por: Redacción Gestion.pe

La Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Sullana (Piura) revocó la sentencia expedida en el proceso de Habeas Corpus que permitía a un demandante y a ocho ex funcionarios del Gobierno Regional del Callao, eludir la sanción administrativa que la Contraloría General les impuso por faltas graves y muy graves, debido a irregularidades funcionales en el Comité de Administración del Fondo Educativo (CAFED) en el año 2011.

La Contraloría indicó que para la Sala Penal, los derechos invocados por el ex funcionario del Cafed, Luis José Calderón Vargas, no inciden directamente sobre el contenido constitucionalmente protegido del derecho a la libertad individual o derechos conexos.

“De los documentos adjuntados por el recurrente no se advierte que causen un perjuicio a la libertad de la persona humana (…)”, indicó.

Tras revisar el caso, la Sala Penal resolvió revocar el Habeas Corpus y declararlo improcedente en todos sus extremos.

Como consecuencia de ello, esta sentencia se hará extensiva a los ex funcionarios del CAFED que sin solicitarlo se estaban beneficiando con el fallo judicial expedido por el juez del Juzgado de Paz Letrado con Funciones de Investigación Preparatoria de Los Órganos (Piura), sobre quien pesa una queja de la Contraloría ante la OCMA.

Precedente
La Contraloría puntualizó que esta decisión judicial constituye un precedente para evitar el uso indebido de las acciones constitucionales de procesados y sancionados administrativamente por la Contraloría General, que ahora deberán descartar el Habeas Corpus para evitar los efectos de un procedimiento administrativo sancionador (PAS).

En el PAS de la Contraloría General, por el caso CAFED, los involucrados recibieron en primera instancia, entre cuatro a cinco años de inhabilitación para laborar en el Estado por simular una capacitación docente que nunca se realizó, que ocasionó al Estado un perjuicio de S/ 6 millones en los años 2011 y 2012.

Esta sanción administrativa fue confirmada por la Segunda Sala del Tribunal Superior de Responsabilidades Administrativas de la Contraloría General de la República.