JNE confirma tacha contra Julio Guzmán y exclusión de César Acuña

El Pleno del JNE decidió por mayoría aceptar la tacha contra la plancha presidencial de Guzmán, mientras que la exclusión de Acuña fue respaldada por unanimidad de los miembros del Pleno.

Por: Redacción Gestion.pe

El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) confirmó las tachas contra la candidatura de Julio Guzmán, así como la exclusión de César Acuña de Alianza Para el Progreso, con lo cual ambos candidatos quedan casi fuera de la campaña electoral.

Mediante Resolución N° 197-2016-JNE, del 8 de marzo de 2016, el Pleno del JNE confirmó la decisión del Jurado Electoral Especial de Lima Centro 1, que declaró fundadas las tachas contra la fórmula presidencial del partido político Todos Por el Perú.

La decisión del Supremo Tribunal Electoral fue adoptada con los votos en mayoría de los magistrados Fernández Alarcón, Ayvar Carrasco y Rodríguez Vélez.

Esta decisión tuvo como fundamento central la infracción de las normas de democracia interna en la elección de la lista presidencial de la referida organización política.

En sus votos en minoría, los magistrados Távara Córdova y Cornejo Guerrero reiteraron sus decisiones anteriores para hacer efectivo derecho de participación política.

[ Lea aquí la resolución del JNE que confirma la tacha contra Julio Guzmán ]

Sin embargo, ambos magistrados señalaron que estas incidencias son responsabilidad de la misma agrupación política, que no ha realizado sus actos partidarios de modo más ordenado y con la debida anticipación.

Chau Acuña
De otro lado, por unanimidad, mediante la Resolución N° 196-2016-JNE, de la misma fecha, se confirmó la exclusión del candidato a la presidencia de la organización política Alianza para el Progreso del Perú, César Acuña Peralta, por haber entregado dádivas en Piura y Chosica, por infracción del artículo 42 de la Ley de Organizaciones Políticas, aplicable al presente proceso electoral.

[ Lea aquí la resolución del JNE que excluye a César Acuña de la campaña electoral ]

Además, determina que como la fórmula estaría integrada solo por una candidata a la vicepresidencia, se declara improcedente la inscripción de dicha fórmula presidencial.