Estas son las prohibiciones para las Elecciones Generales 2016

FOTOGALERÍA. En el Perú, existen diversas restricciones que rigen antes, durante y después del día de la votación del 10 de abril y que los electores deberán tener muy en cuenta para no ser multados o detenidos. Entérate de lo que no puedes hacer durante las elecciones.

Están prohibidas las reuniones o manifestaciones públicas de carácter político desde 2 días antes del día de sufragio.
Está prohibida toda clase de propaganda política desde 24 horas antes del proceso.
Está prohibida la publicación o difusión de encuestas y proyecciones de cualquier naturaleza sobre los resultados de las elecciones a través de medios de comunicación. Pueden efectuarse hasta el domingo anterior al día de las elecciones.
Está prohibida la detención indebida de electores desde 24 horas antes y el día del sufragio, salvo caso de flagrante delito.
Está prohibida la detención indebida de miembros de mesa y personeros desde 24 horas antes y 24 horas después del sufragio, salvo caso de flagrante delito.
Está prohibido impedir, coactar, o perturbar la libertad de sufragio.
Está prohibido durante las horas que se realizan las elecciones 1. Realizar espectáculos populares al aire libre ni en recintos cerrados. 2. Realizar funciones cinematográficas, teatrales. 3. Ni reuniones públicas de ninguna clase.
Está prohibido realizar actividades religiosas durante las horas en que se realizan las elecciones.
Está prohibido el expendio de bebidas alcohólicas desde las 8:00 horas del día anterior al día de la votación hasta las 8:00 horas del día siguiente de las elecciones .
Está prohibido a los electores portar armas desde un día antes hasta un día después del sufragio.
Está prohibido realizar manifestaciones políticas simultáneas en un mismo lugar de una misma ciudad, salvo que se realicen en sectores separados por 1 km de distancia y con la autorización correspondiente.
Está prohibido la participación de los miembros de las FFAA o PNP vistiendo uniforme en manifestación o acto público de carácter político (en retiro o disponibilidad).
Dentro del radio de cien metros de una mesa de sufragios se prohíbe al propietario, inquilino u ocupante de una casa permitir en ella reuniones de electores durante las horas de la elección. En el caso de que terceros se introdujeran a viva fuerza en dicha casa, debe el propietario, inquilino u ocupante, dar aviso inmediato a los miembros de la respectiva Fuerza Armada.

Por: Redacción Gestion.pe