Congreso cerca de suspender pago de tributos para ingreso de aeronaves
Los ministerios de Economía y Finanzas y de Defensa enviaron oficios mostrando su disconformidad con el proyecto de ley que restablecería el artículo 1 de la Ley 29624. Se aprobaría en segunda votación.
Por: Whitney Miñán
El Congreso aprobó en primera votación (queda pendiente la segunda votación) un dictamen que restablece los beneficios previstos en el artículo 1 de la Ley 29624, que establece el Régimen de admisión Temporal de Aeronaves y Material Aeronáutico.
Es decir, busca que por cinco años a partir de la vigencia de la ley las personas naturales o jurídicas puedan ingresar al país aeronaves, partes, piezas, repuestos y motores, documentos técnicos propios de la aeronave y material didáctico de instrucción con suspensión del pago de todo tributo.
Cabe indicar que el artículo 1 de la Ley 29624 estuvo vigente entre diciembre de 2010 y 2015 y la reciente decisión del Congreso podría renovarlo.
Según la propuesta de la congresista fujimorista, Karla Schaefer, durante la vigencia de la ley años atrás, se habrían producido efectos positivos en la actividad de transporte aéreo. Sin embargo, las empresas de menor envergadura aún requerirían de facilidades aduaneras.
Es más, se esperaría que la propuesta impulse el ingreso de las empresas denominadas low cost. “Renovar los beneficios aduaneros estimularía el desarrollo de empresas de esta modalidad para cubrir rutas nacionales”, anota el dictamen.
Esta propuesta legislativa podría sumarse a la lista de otros 20 proyectos de ley pendientes de aprobación que han generado preocupación en el Ejecutivo por su impacto tributario (Gestión 17.10.2017) (ver en corto).
Opiniones en contra
Si bien el proyecto ya fue aprobado por el Congreso en primera votación, hace unos meses parte del Ejecutivo ya había mostrado su opinión contraria a la propuesta legislativa.
Por ejemplo, el Ministerio de Economía (MEF) concluyó de forma desfavorable indicando que el proyecto reactivaría las distorsiones generadas en el mercado por la mencionada ley, se lee en el análisis de las opiniones recibidas del dictamen (a través de un oficio enviado el 20 de diciembre de 2016).
Agrega que una iniciativa como esta resulta innecesaria, pues la legislación nacional ya contempla mecanismos de suspensión de pago de impuestos.
“El proyecto de ley genera un precedente negativo a favor de sectores que buscan tratamientos que distorsionan la aplicación general de los regímenes aduaneros y su tratamiento tributario”, remarca.
Incluso, se había contemplado que un proyecto de esta índole podría generar costos al Estado.
“Técnicamente es recomendable la reducción o eliminación de regímenes especiales, debido a que dificultan el control de las obligaciones tributarias, ocasionando un alto costo administrativo, en tanto obligan a distraer parte de los recursos de la administración tributaria en la revisión y desarrollo de sistemas de control y procedimientos diferenciados”, especifica.
No solo el MEF se mostró disconforme ante el proyecto de ley. El Ministerio de Defensa concluyó que el proyecto resultaría inviable, a través de un oficio enviado el 17 de enero de este año (ver nota vinculada).