Editorial: Traspié Judicial
La reducción salarial solo es posible previo acuerdo entre el trabajador y el empleador, no hay otra posibilidad.
Por: Redacción Gestion.pe
FALLO LABORAL. Si bien las resoluciones judiciales sirven para resolver casos concretos, el razonamiento jurídico que siguen los jueces puede ser utilizado en otros casos, algunas veces de manera imperativa, (cuando la sentencia es de observancia obligatoria) o como simple referencia, más aún cuando son fallos de la Corte Suprema. Esta es la razón por la cual la sentencia de Casación, que le dio la razón a una empresa que redujo el sueldo a un trabajador, ha generado tanta inquietud.
Si bien en el caso concreto analizado, los jueces consideran que de alguna manera existió el acuerdo del trabajador para esta reducción salarial, lo cierto es que en su análisis admiten la posibilidad de que las empresas unilateralmente decidan reducir la remuneración de sus trabajadores siempre que “se expresen los motivos por los que así se procede (por ejemplo, garantizar la estabilidad y el equilibrio económicos del Estado o en su caso de una empresa) o se invoque la ley que la justifique”.
Establecer, como criterio general, que es posible una reducción unilateral de la remuneración sin que haya habido un acuerdo entre las partes es lo que ha ocasionado la crítica de más de un especialista y ha sido necesario que tanto el ministro de Trabajo, como el jefe de la Superintendencia Nacional de Fiscalización e incluso un Juez Supremo hayan tenido que salir a precisar que esta sentencia no permite la reducción unilateral y que ésta “Solo es posible previo acuerdo entre el trabajador y el empleador, no hay otra posibilidad”.
Sin duda pueden existir una y mil razones por las que una empresa puede verse en la necesidad de reducir la remuneración de sus trabajadores, pero no hacerlo con el acuerdo previo de ellos es atentar contra la ley. La labor de los jueces sobre todo los de la Corte Suprema es velar por la adecuada aplicación de las normas, por ello preocupa que, de manera reiterada las últimas sentencias estén interpretando de manera tan laxa la normativa vigente.
Un traspié más del Poder Judicial.