Editorial: Beneficio a medias
Editorial de Gestión “¿Se quiso beneficiar al trabajador o solo buscar una nueva forma de fiscalizar los servicios profesionales?”
Por: Redacción Gestion.pe
TRIBUTACIÓN. Una de las promesas del actual Gobierno fue que los trabajadores podrían deducir los gastos más allá de las 7 UIT que se realizaba cada año. En efecto, a partir del primero de enero de este año esta promesa se ha cumplido parcialmente, pues si bien se podrán deducir ciertos consumos, se ha establecido un tope y se ha fijado un listado de gastos que podrán ser deducidos solo si son sustentados con comprobantes de pago.
El decreto aprobado establece que, además de las 7 UIT (monto general), las personas podrán deducir 3 UIT más, siempre que los gastos sean por pago de alquiler de casa, intereses por primera adquisición de vivienda y gastos por servicios de terceros, en este último rubro la norma establece cuáles son los servicios que podrán deducirse.
Si bien la idea es buena, pues se trata de que las personas puedan reducir el pago que hacen al Estado y con ello tener más dinero en las manos, la forma de llevarla a la práctica es la que genera algunas dudas. Establecer una lista cerrada puede dejar fuera gastos justificados en algunos casos concretos, y no se condice con la idea de equidad y neutralidad que deben tener las normas tributarias.
Por ejemplo, se han dejado fuera los gastos en contadores, un rubro utilizado por los trabajadores de cuarta categoría, y si bien se admiten los gastos médicos, no se aceptarán si provienen de una EPS (un mecanismo utilizado por muchos). Tampoco se han incluido los gastos en educación, ¿por qué se decidió por unos y no por otros?, ¿se quiso beneficiar al trabajador o solo buscar una nueva forma de fiscalizarlos servicios profesionales? Son preguntas aún sin respuesta.
Otro punto crítico es la forma de sustento. No solo se exige la presentación de recibos por honorarios, sino que deben ser recibos electrónicos y el pago hecho por algún medio bancarizado. Es decir, nunca en efectivo. Es verdad que estos requisitos facilitarán la labor de fiscalización de la Sunat, pero si la entidad aún permite el uso de recibos físicos la exigencia pierde base.
Todo indica, al redactar la norma, que el MEF ha pensado primero en la lucha contra la evasión eligiendo las profesiones y rubros donde la informalidad es mayor, dejando en segundo lugar el beneficio a las personas. Habrá que esperar un año para analizar a quién beneficia principalmente la medida.