SMV: Emisores deberán contar con página web corporativa como canal de información

La Resolución de la SMV establece además que las empresas emisoras deben mantener disponible en su página web corporativa un registro histórico de por lo menos dos años de información.

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Por: Redacción Gestion.pe

La Superintendencia del Mercado de Valores (SMV) a través de la Resolución SMV Nº 020-2016-SMV/01 aprobó las Normas para la Difusión de Información al Mercado de Valores a través de la Página Web Corporativa de las Sociedades Emisoras, que establece la obligación de las emisores con valores o programas inscritos en el Registro Público del Mercado de Valores (RPMV) deberán contar con una página web corporativa.

Así, teniendo en consideración que las páginas web corporativas se han constituido como importantes medios de comunicación, los emisores deberán difundir por medio de su página web corporativa, al menos, su información financiera (incluyendo notas y el Informe de Gerencia), hechos de importancia y memoria anual, inmediatamente después de haberla remitido a la SMV y, en ningún caso, más allá del día hábil en que esta haya sido difundida al regulador.

Además, dicha resolución establece que las empresas emisoras deben mantener disponible en su página web corporativa un registro histórico de por lo menos dos años de la referida información.

“De esta forma, la SMV sigue comprometida con fortalecer la protección del inversionista y velar por la transparencia del mercado, adecuando el marco normativo a estándares internacionales” resaltó la superintendencia en un comunicado.