MEF publicó reglamento que promueve fondos de inversión inmobiliarios
El reglamento emitido hoy establece el marco legal para el desarrollo de los FIBRA y FIRBI.
Por: Redacción Gestion.pe
El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) aprobó hoy el reglamento de la Ley N° 30532, Ley que promueve el desarrollo del mercado de capitales y del Decreto Legislativo N° 1188 que otorga incentivos fiscales para promover los Fondos de Inversión en Bienes Inmobiliarios.
El decreto supremo 264-2017-EF publicado hoy en el Diario El Peruano, establece el marco legal para el traspaso de inmuebles al FIBRA, el cual es un fideicomiso de titulización para inversión en renta de bienes raíces.
Asimismo, establece los lineamientos para el traspaso de inmuebles al FIRBI, el cual es un fondo de inversión en renta de bienes inmuebles.
Retención del impuesto a la renta
La norma establece que la retención definitiva de 5% resultará aplicable siempre que se cumplan los siguientes requisitos:
FIBRA: El fideicomiso de titulización tenga la condición de FIBRA de acuerdo con la Tercera Disposición Final del Reglamento de los Procesos de Titulización de Activos.
FIRBI: El fondo de inversión tenga la condición de FIRBI de acuerdo con la Cuarta Disposición Complementaria Final del Reglamento de Fondos de Inversión y sus Sociedades Administradoras.
Además cuando las rentas por arrendamiento u otra forma onerosa de cesión en uso de bienes inmuebles que sean atribuidas a una persona natural, sucesión indivisa o sociedad conyugal que optó por tributar como tal, domiciliada en el país o a una empresa unipersonal constituida en el exterior.
Factoring
El documento también determina la retención definitiva de 5% sobre los ingresos por servicios que equivalen a la diferencia entre el valor nominal del crédito y el valor de transferencia de la factura negociable.
El agente de retención se abonará al fisco dentro de los plazos previstos por el Código Tributario para las obligaciones de periodicidad mensual, en la forma y condiciones que establezca la Sunat.
Dichos sujetos deberán entregar, a solicitud del contribuyente, un certificado de rentas y retenciones en el que se deje constancia, entre otros, del importe abonado y del impuesto retenido.
Para conocer el reglamento completo puede hacer click en este enlace.