Capitalización inmobiliaria: alquiler con opción a compra se aplicará desde setiembre
La SBS emitió hoy el reglamento de la capitalización inmobiliaria. Las personas podrán arrendar una vivienda y realizar aportes adicionales que servirán para la compra futura. Pero también deberán pagar intereses por concepto de financiamiento.
Por: Redacción Gestion.pe
La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) emitió hoy el reglamento que regulará el sistema de capitalización inmobiliaria.
Si bien en la prepublicación del reglamento se indicaba que empezaría a regir desde julio, finalmente la SBS decidió postergar el inicio de su vigencia hasta el próximo primero de setiembre.
“La presente resolución entrará en vigencia desde el 1ro de setiembre”, subraya la norma emitida hoy por la SBS y que se suma al primer reglamento sobre la capitalización inmobiliaria emitida por el Ejecutivo en marzo pasado.
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El reglamento señala que la capitalización inmobiliaria es un mecanismo de financiamiento otorgado al cliente para que acceda a una vivienda.
Implica el pago de cuotas periódicas conformadas por: el arrendamiento, los aportes de capitalización individual que el cliente realice, y contempla la opción de compra por un valor pactado que deberá ser cubierto por la capitalización individual.
Sin embargo, el alquiler (arrendamiento) también incluirá el pago de intereses.
“La parte de pago de la cuota periódica correspondiente al arrendamiento del inmueble, que incluye los intereses pactados, se considera como reembolso por el financiamiento recibido por el cliente”, subraya la norma.
El reglamento incluso señala que en el contrato de capitalización inmobiliaria se debe establecer la Tasa de Costo Efectiva Anual (TCEA) que se aplicará por este financiamiento.