TC ordena pagar a fonavistas inscritos y deja abierto padrón hasta el 2018

aclaración constitucional

Por: Redacción Gestion.pe

El Tribunal Constitucional confirmó su posición de ampliar la inscripción de beneficiarios para las devoluciones del Fonavi hasta el 2018 y declaró improcedente el pedido de aclaración del Ministerio de Economía que solicitó una revisión del fallo.

El presidente del máximo órgano constitucional, Óscar Urviola, comentó que existen fondos que entidades del Estado le deben al Fonavi y que el Poder Ejecutivo debe recuperarlos para atender el pago de los que se inscriban con posterioridad.

“La Comisión de Vivienda del Congreso de la República ha mencionado una suma de S/. 6,500 millones que diversas entidades del Estado le deben al Fondo Nacional de Vivienda (Fonavi) que nunca se pagó”, aclaró Urviola.

El MEF solicitó la revisión del fallo la semana pasada debido a que, según el ministro de Economía, Alonso Segura, si se acepta que se reabra el padrón hasta el 2018, la comisión técnica no podrá hacer los cálculos para determinar el monto total que se debe pagar a los fonavistas.

Al 31 de agosto, fecha en que se cerró el padrón de beneficiarios, el MEF calculó que el monto a devolver era de unos S/. 1,675 millones, que debía repartir entre 1.1 millones de fonavistas.

Sin embargo, la aclaración del Tribunal Constitucional señala que el Poder Ejecutivo debe proceder a pagarles a aquellos aportantes que ya se han inscrito hasta el 31 de agosto del 2014 y no esperar hasta el cierre del padrón.

“Reiteramos que del texto de la sentencia no se desprende que el Estado deba esperar hasta el 2018 para comenzar a pagar lo ya adeudado”, anota la aclaración del Tribunal Constitucional.

La aclaración del Tribunal Constitucional también señala que la devolución de los aportes a los fonavistas puede extenderse más allá del 2018, sin que ello colisione con la ley que establece un plazo de ocho años para el pago, que inició el 2010.

“Dado que la referida ley no señala que la devolución de aportes concluya el 2018, no es necesario recortar el plazo para la inscripción hasta antes de dicho periodo”, explica la aclaración del Tribunal y que responde a las interrogantes del MEF.

Devolución del Fonavi puede ir más allá del 2018

La aclaración del Tribunal Constitucional también señala que la devolución de los aportes a los fonavistas puede extenderse más allá del 2018, sin que ello colisione con la ley que establece un plazo de ocho años para el pago, que inició el 2010. “Dado que la referida ley no señala que la devolución de aportes concluya el 2018, no es necesario recortar el plazo para la inscripción hasta antes de dicho periodo”, explica la aclaración del Tribunal y que responde a las interrogantes del MEF.

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