El 9 de octubre es feriado: Todo lo que debe saber sobre el día no laborable

Debido a la Junta de Gobernadores del FMI y Banco Mundial, el último sábado el Poder Ejecutivo declaró como día no laborable el viernes 9 de octubre. Sepa si deberá faltar a su trabajo.

Foto: Ride Along Lima.

Por: Redacción Gestion.pe

El sábado el Ejecutivo publicó un decreto supremo para declarar feriado el 9 de octubre por la reunión de la Junta de Gobernadores del Fondo Monetario Internacional (FMI) y el Banco Mundial (BM), ya que se requiere adoptar medidas de seguridad para las altas autoridades y participantes de esta cita mundial.

El área Laboral de Ernst & Young desglosa la declaratoria para resaltar los puntos más importantes.

¿A qué sector se aplica?
A los empleadores públicos como privados.

¿Qué localidades comprende?
Lima Metropolitana y la Provincia Constitucional del Callao.

¿Se recuperan las horas del 9 de octubre?
Sí. En el caso del sector privado, las horas se recuperarán mediante acuerdo con los trabajadores. A falta de acuerdo, decide el empleador.
En el caso del sector público, las horas se recuperarán en los días inmediatamente posteriores o cuando lo decida la entidad.

¿Existen empresas excluidas del 9 de octubre como día no laborable?
Sí. En estos casos, el empleador decide qué puestos de trabajo se encuentran excluidos del día no laborable. Las empresas pertenecen a los siguiente sectores:

- servicios sanitarios y de salubridad

- limpieza y saneamiento

- electricidad, agua y desagüe

- combustible

- sepelios

- comunicaciones y telecomunicaciones

- transporte

- puertos

- aeropuertos

- vigilancia

- hoteles

- establecimientos de hospedaje

Además de esos sectores, ¿hay trabajadores excluidos del 9 de octubre como día no laborable?
Sí. Tendrán que trabajar quienes realicen actividades indispensables, cuya paralización ponga en peligro a las personas, la seguridad o conservación de los bienes de la empresa o impida la inmediata reanudación de sus actividades ordinarias. En estos casos, el empleador decide qué puestos son los indispensables.

¿El 9 de octubre es un día hábil para fines tributarios?
Sí.

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