SBS flexibiliza retiro de aportes voluntarios en las AFP, ¿cómo funciona?
La apertura de las cuentas individuales del aporte voluntario podrá efectuarse ahora por medios electrónicos. Entérate más de los nuevas disposiciones dispuestas por el regulador.
Por: Redacción Gestion.pe
La SBS flexibilizó el mecanismo para el retiro de aportes voluntarios sin fin provisional, a través de una norma publicada hoy. Así, se ha dispuesto a partir de la fecha, la libre disponibilidad de retiros, tanto en montos como en número de operaciones, lo cual redundará en un mayor dinamismo en dicho mercado.
Lo que beneficiará directamente a los afiliados al poder contar con mayores alternativas de liquidez para los excedentes que se pudieran generar.
Por otro lado, se ha establecido una mayor facilidad respecto de la apertura de las cuentas individuales del aporte voluntario, de modo tal que puedan ser realizadas también por los medios electrónicos que le provea la AFP, o incluso por el Portal AFPnet.
Con ello se promoverá una mayor canalización de la oferta para este tipo de ahorro.
Complementariamente, se ha incorporado una disposición por la cual la AFP debe proveer al afiliado, con ocasión de la solicitud de apertura de una cuenta de aportes voluntarios, de una cartilla que contenga al menos la información sobre las características principales del tipo de cuenta de aportes voluntarios (tales como su condición de embargabilidad o no, tipo de sub cuenta en donde se abona, por quienes puede ser realizado y requisitos que la ley exige cumplir, entre otros).
Dicha cartilla puede ser remitida por medios físicos o electrónicos. En lo que respecta a los mecanismos de información y reforzamiento de las condiciones de transparencia que sustenta el SPP: se ha dispuesto que la comunicación que se alcanza a aquellos afiliados que no cuenten con aportes previsionales durante tres trimestres consecutivos, sea proporcionada bajo medios electrónicos.
Este medida tiene como fin de conseguir un mayor difusión y efectividad de los mensajes, sobre todo en caso de potenciales pérdidas de la cobertura del seguro de invalidez y fallecimiento que puedan derivarse por mantener sus cotizaciones activas a una AFP.
Finalmente, en consonancia con disposiciones emitidas orientadas a generar escenarios de mayor facilidad en los trámites que se lleven a cabo en el SPP, se ha dispuesto que para los trámites de traspaso sea la propia AFP de destino la que verifique la identidad del afiliado, a través de los mecanismos o protocolos que ella misma establezca.
Por último, se ha eliminado el requerimiento de que el trabajador dependiente adjunte una copia de la boleta de pago a la solicitud de traspaso correspondiente.