Retirarán antenas cerca a penales si bloqueadores no logran impedir llamadas

Se verificará el correcto funcionamiento de los bloqueadores y si estos no logran impedir las llamadas, se desmontarán las antenas instaladas a menos de 200 metros de distancia de los penales, dispone una norma emitida hoy por el Ejecutivo.

Por: Redacción Gestion.pe

El Gobierno emitió hoy el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1229, que declara de interés público y prioridad nacional el fortalecimiento de la infraestructura y los servicios penitenciarios.

La principal novedad de la norma es que contempla un procedimiento para desmontar antenas de telefonía cercanas a los penales, en caso los bloqueadores no logren impedir las llamadas.

Cabe anotar que ya el DL 1229, emitido hace un año, estableció una zona restringida que abarca 200 metros alrededor de los penales para evitar la instalación de nuevas antenas.

“Está prohibida la colocación de antenas de telefonía móvil en las zonas restringidas. En caso que tales antenas se hayan encontrado instaladas antes de la entrada en vigencia del DL 1229, deberán ser segmentadas o desmontadas, según sea el caso, conforme al procedimiento establecido en el artículo 21 del presente reglamento”, señala el decreto supremo emitido hoy y firmado por los ministerios de Transportes, Justicia, Economía, PCM y el presidente Ollanta Humala.

[LEA TAMBIÉN: AFIN: en el Perú se deberían instalar por lo menos unas 30,000 antenas adicionales]

El reglamento establece el siguiente procedimiento para solicitar el desmontaje de una antena de servicios de telecomunicaciones:

a) Verificación del correcto funcionamiento de los equipos bloqueadores de señales: para solicitar el desmontaje de una antena es requisito verificar el correcto funcionamiento de los equipos bloqueadores de señales.

b) Segmentación y redireccionamiento de las antenas de servicio de telecomunicaciones: verificado el correcto funcionamiento de los equipos bloqueadores de señales, las empresas operadoras de servicios públicos de telecomunicaciones, en coordinación con el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y el Instituto Nacional Penitenciario, proceden a segmentar y redireccionar las antenas de servicios de comunicaciones móviles cuando ello resulte posible.

c) Desmontaje de la antena o arreglo de antenas: cumplidos los pasos a) y b), cuando resulte necesario para evitar la realización de llamadas o comunicaciones utilizando los servicios públicos de telecomunicaciones desde penales, el Instituto Nacional Penitenciario, a través del Ministerio de Justicia, procede a solicitar el retiro y desmontaje de la antena o arreglo de antenas ubicadas de la estación radioeléctrica que se encuentra en el área restringida.

“Para tales efectos remite su solicitud al Gobierno Local competente y a la Dirección General de Concesiones en Comunicaciones, a fin que actúen en el marco de sus competencias”, subraya la norma que entrará en vigencia desde mañana.

[LEA TAMBIÉN: El 90% de municipios de Lima no facilita permisos para instalar antenas para celulares]

El reglamento también dispone que las compañías operadoras inscriban todas las antenas que tienen en las zonas restringidas de los penales.

“Una vez efectuada esta inscripción, quedará prohibida la instalación de antenas y/o conexiones para servicios de telefonía fija o inalámbrica dentro del área intangible, bajo responsabilidad civil, penal y administrativa de la empresa y de sus directivos o empleados, según corresponda”, agrega la norma.