Profesores recibirán CTS y Subsidio por Luto desde setiembre, ¿qué otros beneficios tendrán?
El Poder Ejecutivo publicó un decreto de urgencia que dicta medidas extraordinarias para continuar con la revalorización de la profesión docente y la implementación de la Ley de Reforma Magislterial.
Por: Redacción Gestion.pe
El Poder Ejecutivo publicó hoy un decreto de urgencia en que se dispone que, a partir del 1 de setiembre del 2017, los profesores contratados en el marco del Contrato de Servicio Docente establecido en la Ley N° 30328, percibirá los conceptos de Compensación por Tiempo de Servicio (CTS) y Subsidio por Luto y Sepelio.
Los montos, criterios y condiciones para la aplicación del otorgamiento de CTS y Subsidio por Luto y Sepelio se aprobarán por decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y la Ministra de Educación, a propuesta de esta última.
Para la implementación de esta medida, se autoriza al Ministerio de Educación (Minedu) con cargo a los recursos de su presupuesto institucional y sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público, a efectuar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional a favor de los Gobiernos Regionales.
Estas modificaciones se aprobarán mediante decreto supremo refrendado por el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF).
Encargaturas
El Poder Ejecutivo también dispuso que, a partir del mes de noviembre de 2017, los profesores encargados en un cargo directivo o jerárquico de institución educativa multigrado o polidocente, así como encargado de especialista en educación, percibirán la asignación por jornada de trabajo adicional según la escala magisterial en la que se encuentran.
Además recibirán el 60% de la asignación por cargo que perciben los profesores designados en dichos cargos en el marco de la Ley N° 29944 y su reglamento.
También a partir de noviembre del presente año, los profesores encargados en un cargo de director en una institución educativa unidocente percibirán la asignación por jornada de trabajo adicional según la escala magisterial en la que se encuentran también en el marco de la Ley 29944 y su reglamento.
Mediante decreto supremo refrendado por el MEF y el Minedu, a propuesta de este último, se aprobarán el monto, las condiciones, características y demás disposiciones complementarias que resulten necesarias.
Piso salarial
Tal como lo había adelantado la ministra de Educación, Marilú Martens, se autoriza el incremento de la Remuneración Integra Mensual (RIM) de los profesores de la Carrera Pública Magisterial de la Ley N° 29944, así como de la remuneración mensual del profesor contratado en el marco de la Ley N° 30328, desde el 1 de noviembre de 2017.
Para la aplicación de esta medida se excluye al Minedu de algunas restricciones establecidas en la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, desde el 1 de noviembre de 2017.
Además se autoriza al Minedu a efectuar modificaciones presupuestarias a favor de los gobiernos regionales con cargo a los recursos de su presupuesto institucional y sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público.
Financiamiento
El decreto de urgencia del Poder Ejecutivo autoriza, excepcionalmente, al Minedu a realizar modificaciones presupuestarias con cargo a los recursos de su presupuesto institucional hasta por el monto de S/ 275 millones para financiar la implementación de todas las medidas antes señaladas.
El decreto de urgencia tendrá vigencia a más tardar hasta el 31 de diciembre del 2017.