Produce suspende pesca de anchoveta por 15 días en cuatro áreas del mar peruano
La suspensión tendrá vigencia desde las 00:00 horas del 7 de enero y comprende a zonas del mar frente a las costas de las regiones de La Libertad, Ancash, Lima e Ica.
Por: Redacción Gestion.pe
El Ministerio de la Producción publicó un decreto supremo que suspende las actividades de pesca de anchoveta y anchoveta blanca en cuatro zonas del mar peruano desde las 00:00 horas del 7 de enero del 2016, por un período de 15 días calendario.
La suspensión se llevará a cabo entre los 08°00’ a 09°00’ LS, frente a Salaverry (en La Libertad), de las cinco a 30 millas marinas de distancia a la costa; y entre los 09°00 a 09°30’ LS, frente a Chimbote (en Ancash), de las cinco a 20 millas marinas de distancia a la costa.
Las otras dos zonas que comprende la suspensión es entre los 11°00’ a 11°30’ LS, frente a Super – Huacho (Lima), entre las cinco a 20 millas marinas de distancia a la costa; y entre los 15°30’ a 16°00’ LS, al sur de San Juan de Marcona (Ica), de las cinco a 40 millas marinas de distancia a la costa.
La suspensión será de aplicación a la actividad extractiva realizada por embarcaciones pesqueras artesanales, de menor y mayor escala dentro de la citada área.
El Instituto del Mar del Perú (Imarpe) efectuará el monitoreo y seguimiento de los principales indicadores biológicos, poblacionales y pesqueros del recursos anchoveta y anchoveta blanca, debiendo informar y recomendar oportunamente al Ministerio de la Producción las medidas de ordenamiento pesquero.
El incumplimiento de lo establecido por el Produce será sancionado conforme a lo establecido en el Texto Único Ordenado del Reglamento de Inspecciones y Sanciones Pesqueras y Acuícolas.
La decisión del Produce se adoptó luego de recibir los reportes del Imarpe denominados “Incidencia de juveniles de anchoveta en la región Norte – Centro del mar peruano – Segunda Temporada de Pesca del 2015”, correspondiente al período comprendido entre el 2 y 4 de enero del presente año.
Dichos informes establece que la incidencia de ejemplares juveniles de anchoveta alcanzó el 40% en el área comprendida entre los 08°00’ a 09°00’ LS, el 15% en el área que va de los 11°00’ a 11°30’ LS, y el 81% en el área comprendida entre los 15°30’ a 16°00’ LS.
Por ello, el Imarpe recomendó aplicar medidas precautorias de protección a los ejemplares juveniles de anchoveta en dichas áreas, por un período de hasta 15 días.
La Dirección General de Políticas y Desarrollo Pesquero, la Dirección General de Extracción y Producción Pesquera para Consumo Humano Indirecto, la Dirección General de Extracción y Producción Pesquera para Consumo Humano Directo y la Dirección General de Supervisión y Fiscalización del Produce, velarán por el cumplimiento de la suspensión.
En ello colaborarán las dependencias con competencia pesquera de los Gobiernos Regionales y la Dirección General de Capitanías y Guardacostas de la Marina de Guerra del Perú del Ministerio de Defensa.