Produce convoca a elecciones para elegir a representantes de las Mypes
Proceso que se llevará a cabo el próximo 6 de mayo, permitirá elegir a representantes de las micro y pequeñas empresas ante Promperú y Fondemi. Participarán de este proceso todos las asociaciones y comités Mypes con inscripción vigente.
Por: Redacción Gestion.pe
Nuevos representantes. El Ministerio de la Producción (Produce) convoca a elecciones para elegir a los representantes de las Asociaciones y Comités de las Micro y Pequeñas Empresas (Mype) ante el Consejo Directivo de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo (Promperú) y ante el Consejo de Vigilancia del Fondo de Desarrollo de la Microempresa (Fondemi).
Los elegidos ante las citadas entidades públicas, ejercerán el cargo durante los próximos dos años (2016-2017) y estas se efectuarán de manera virtual el próximo 6 de mayo, desde las 09:00 de la mañana hasta las 3:00 de la tarde.
Para tal fin, el Ministerio de la Producción (Produce) viene coordinado con la Oficina Nacional de Procesos Electorales (Onpe) la asistencia técnica y apoyo en materia electoral para la adecuada conducción del proceso.
Podrán participar en estos comicios virtuales, los representantes de las asociaciones de la Mype y comités de Mype de ámbito nacional, que cuenten con inscripción vigente en el Registro Nacional de Asociaciones de la Micro y Empresa (Renamype).
Estos procesos buscan fortalecer la institucionalidad de las Mype, a través de la participación democrática y representativa de dichas organizaciones en las diversas entidades del Estado.
¿Qué se requiere para postular como representante de las Mype?
Para postular como representante de las Mype ante el Fondemi, deberán acreditar una experiencia mínima de 5 años en la gestión de una Mype; pertenecer o haber pertenecido por un período al Consejo Directivo en una Asociación o Comité de Mype de ámbito nacional y acreditar estudios en temas relacionados a instrumentos financieros y de gestión empresarial para las Mype.
En el caso del que represente al Consejo Directivo de Promperú, no contempla requisitos especiales, sino los establecidos en el artículo 23º del Reglamento de la Ley Nº 29051, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-2015-PRODUCE y sus las Normas Complementarias.