Las medidas de la OEFA para lograr el equilibrio entre inversión privada y protección ambiental
FOTOGALERÍA. La OEFA afirma que desde antes que se planteara el paquete que busca reactivar la economía ya buscaba un equilibrio entre la inversión privada y la protección ambiental, y que su labor se enfoca en lograr la mediación y prevención de problemas ambientales generados por la actividad productiva, antes que en aplicar sanciones y multas.
Desde su creación hasta mayo del 2014, la OEFA ha realizado 5,517 supervisiones en minería, energía, pesca e industria, e impuso 941 multas, 1.7% del total supervisado.
Las empresas cumplen sus obligaciones ambientales, pues de cada 100 supervisiones, solo en dos casos se impone una sanción. La sanción es lo excepcional, dice la OEFA.
El promedio de sanciones impuestas desde que se creó la OEFA a mayo del 2014 es de 68.3 UIT
Sólo en cinco casos la OEFA aplicó multas superiores a 1,000 UIT, las mayores (9,447 UIT) las impuso a Pluspetrol Norte, que extrae petróleo en el Lote 1AB, en Loreto.
En el caso de la actividad minera, las mayores sanciones recayeron en Doe Run Perú S.R.L., operador del complejo metalúrgico La Oroya, con una multa de 2,000 UIT.
OEFA aplicará un nuevo enfoque en el análisis de la actividad de hidrocarburos, su intervención consistirá en supervisiones integrales en lotes de exploración y explotación.
En el caso de actividades de procesamiento pesquero, el enfoque de intervención se realizará por bahías en las temporadas de pesca.
En el caso de actividades de generación eléctrica, la priorización se realizará sobre la base de un enfoque de polos o nodos energéticos del sistema eléctrico interconectado, y en sistemas aislados
Las multas más altas contempladas en las tipificaciones aprobadas por el OEFA están reservadas para actividades ilegales, con hasta 30,000 UIT, y para informales hasta 25,000 UIT.
Las mayores multas a las operaciones ilegales se aplican por desarrollar actividades en zonas prohibidas, causar daño real a la vida o salud.
Las multas máximas a formales son hasta 15,000 UIT, y se dan por exceder límites máximos permisibles, y causar daño real a la vida o salud humana.
El 99% de los casos en que OEFA aplica multas toma en cuenta el daño potencial que la conducta infractora podría generar en el medio ambiente.
Cuando hay daño potencial, las multas máximas a empresas formales llegan a 5,500 UIT, y se dan cuando se excede en más del 200% los límites máximos permisibles que fijan las normas.
El promedio de las infracciones ambientales graves o muy graves llega a 250 UIT, de 0 a 100 UIT las infracciones leves, y el promedio para todo tipo de infracciones es de 150 UIT.
La regla general para la potestad sancionadora es que la multa no podrá ser mayor al 10% del ingreso bruto anual percibido por el infractor, indica OEFA.
Cuando la resolución de sanción ordene medidas correctivas, sólo se incorporará en la multa base el 25% del valor económico del daño ambiental ocasionado.
Las multas que aplica OEFA no son arbitrarias, señala ese organismo, que argumenta que el Poder Judicial le da la razón en el 95% de las resoluciones impugnadas.
Según OEFA, el proyecto del Ejecutivo busca consolidar en una ley el esfuerzo que ha desplegado en los últimos años para privilegiar medidas correctivas en vez de multas.