MTPE crea comisión para resolver problemática de seguridad social de trabajadores pesqueros
Este grupo elaborará un informe que será presentado al Viceministerio de Trabajo dentro del plazo de 60 días naturales posteriores a la fecha de su instalación.
Por: Redacción Gestion.pe
A fin de identificar las medidas necesarias para solucionar la problemática de seguridad social en salud y pensiones de los trabajadores pesqueros, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) dispuso la creación de una Comisión Sectorial.
Esta comisión de naturaleza temporal, constituida mediante Resolución Ministerial N° 248 – 2014 – TR, tendrá entre sus funciones coordinar con las entidades públicas y privadas a cargo de la administración y supervisión de los sistemas de seguridad social, así como con los representantes de los empleadores y trabajadores que participan en la actividad pesquera.
Asimismo, identificará las medidas para dar solución de la problemática de estos trabajadores y elaborará, finalmente, un informe que dará cuenta de lo realizado, el cual será presentado al Viceministerio de Trabajo dentro del plazo de 60 días naturales posteriores a la fecha de la instalación de la Comisión Sectorial la cual se realizará dentro de los próximos cinco días hábiles.
La problemática de estos trabajadores, a ser abordada por la Comisión Sectorial, guarda relación con el acceso a las prestaciones económicas de la seguridad social en salud por parte de los pescadores en tiempo de veda; aplicación de la Ley N° 30003, Ley que regula el Régimen Especial de Seguridad Social para los Trabajadores y Pensionistas Pesqueros.
Además, el aporte social de carácter temporal para jubilación de los tripulantes pesqueros industriales y otros asuntos laborales y de seguridad social que serán definidos por la referida comisión.
La comisión estará integrada por un representante del Gabinete de Asesores, quien la presidirá; un representante del Despacho Viceministerial de Trabajo; el Director General de Trabajo o su representante, quien actuará como Secretario Técnico; el Jefe de la Oficina General de Asesoría Jurídica o su representante; y el Director de Seguridad Social o su representante.