MEF modifica reglamento de las facturas negociables

Los cambios buscan mejorar las condiciones de acceso a los servicios financieros de las micro, pequeñas y medianas empresas, refiere el MEF. En caso la operación de financiamiento no se concrete, el proveedor está facultado para requerir la devolución inmediata de la factura negociable.

Por: Redacción Gestion.pe

Con el objetivo de mejorar las condiciones de acceso a los servicios financieros de las micro, pequeñas y medianas empresas, el Ministerio de Economía modificó el reglamento de las facturas negociables.

En una resolución emitida hoy, entre los cambios se dispone que las empresas del sistema financiero, las empresas de factoring, comprendidas o no en el ámbito de aplicación de la ley 20702, los fondos o patrimonios fideicometidos, están facultados a mantener la custodia temporal de Facturas Negociables en el marco de las modalidades de financiamiento que realicen.

Pero en caso la operación de financiamiento no se concrete, el proveedor está facultado para requerir a la mencionada empresa la devolución inmediata de la factura negociable, dentro del día hábil siguiente de haber hecho el requerimiento.

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Asimismo, la norma señala que el adquiriente de la factura negociable deberá indicar la información de su personal de contacto autorizado y una dirección de correo electrónico oficial “a fin de que el proveedor pueda dirigirle las comunicaciones sobre la transferencia por endoso o transferencia contable de la factura negociable”, subraya la resolución.