Ministerio de Energía y Minas simplificó 54 trámites de su TUPA

El MEM disminuyó los plazos de evaluación en 10 procedimientos administrativos, simplificó los requisitos para 30 procedimientos y eliminó 16 trámites de su TUPA.

Por: Redacción Gestion.pe

Con el fin de mejorar la calidad de atención a los ciudadanos y las empresas, el Ministerio de Energía y Minas (MEM) publicó la norma que establece la modificación de 54 trámites administrativos en el sector, haciéndolos más sencillos, rápidos y eficientes.

Mediante la Resolución Ministerial N° 444-2016-MEM/DM, el MEM disminuyó los plazos de evaluación en 10 procedimientos administrativos, simplificó los requisitos para 30 procedimientos y eliminó 16 trámites de su Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA).

“Es preciso indicar que dos de estos procedimientos pasaron tanto por una reducción de plazos como por una simplificación de requisitos, por lo que el total de trámites modificados suma 54”, precisó el MEM.

Entre los 10 procedimientos cuyos plazos evaluación se redujeron, figuran la modificación de concesión eléctrica temporal, el otorgamiento de autorización para exploración de recursos geotérmicos, la solicitud de pensión de cesantía, entre otros.

“Con esta disminución de plazos, el MEM agilizará las solicitudes de los ciudadanos así como la ejecución de inversiones”, indicó el ministerio.

De otro lado, con la simplificación de requisitos en 30 procedimientos se facilitará la presentación de expedientes por parte de los usuarios.

Por ejemplo, el MEM ya no solicitará la presentación del comprobante de pago por derecho a trámite, ni las copias de los documentos generados por la institución.

“En su lugar, se presentarán únicamente los números de recibo de pago y de la resolución de aprobación”, señaló.

Asimismo, cabe indicar que la eliminación de 16 trámites administrativos se debió a que estos procedimientos ya no contaban con base legal o pasaron a ser competencia del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles (SENACE).

“De esta manera, ya no se exigirán procedimientos innecesarios a los ciudadanos o empresas”, refirió el MEM.

Entre los procesos excluidos se encuentran la inscripción en el registro de entidades autorizadas a realizar estudios de impacto ambiental, aprobación del plan de cese de estudios ambientales para actividades de electricidad e hidrocarburos, así como los recursos de reconsideración y de apelación.