MEF no declaró nulidad de contratos de corredores complementarios
No obstante, el Ministerio de Economía y Finanzas aclaró que solo 18 de los 24 concesionarios cumplieron con subsanar las observaciones ya que, tras una evaluación, se detectó el uso de recursos públicos para financiar los ingresos del concesionario.
Por: Redacción Gestion.pe
El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) informó hoy que emitió opinión favorable a 18 contratos de concesión de los corredores complementarios en Lima luego que estos, mediante adenda, subsanaron las observaciones emitidas por este Ministerio.
Recordó que en enero de este año, advirtió sobre el uso de recursos públicos y de contingencias fiscales en los 24 contratos de concesión de los corredores complementarios en desmedro de la comuna limeña, y de manera incompatible con concesiones otorgadas bajo modalidad autosostenible.
Entre otros, se detectó el uso de recursos públicos para financiar los ingresos del concesionario, y la falta de establecimiento de inicio de etapa de operación generando una contingencia al tener contratos sin plazos determinados.
También la no identificación de la fuente de ingresos del proyecto (tarifa al usuario) a pesar de establecerse el pago al concesionario, pagos del municipio de Lima al concesionario al concluir el plazo de la concesión, entre otros.
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“La mayoría de empresas concesionarias cumplió con hacer las subsanaciones (18 de 24 corredores)”, precisó.
Sin embargo, los contratos de seis corredores presentaron sus adendas fuera del plazo o no lo hicieron.
Este último fue el caso de los contratos del corredor Javier Prado que no presentó la adenda que subsanaba las observaciones.
Los concesionarios que cumplieron con subsanar las deficiencias de diseño y observaciones realizadas por el MEF remitieron sus adendas suscritas dentro del plazo legal, motivo por el cual el ministerio emitió opinión favorable a estos 18 corredores.
Es importante destacar que la opinión del MEF busca resguardar la caja fiscal y no tiene por objeto evaluar la reforma de transporte ni la viabilidad legal de ésta, aspectos de exclusiva competencia de la MML.
Con respecto a los seis contratos de corredores restantes, estos no cumplieron con la presentación de sus subsanaciones dentro del plazo legal, o nunca las presentaron, pese a contar con un periodo de 20 días hábiles (un mes) para hacerlo.
A la comuna de Lima corresponde aplicar las consecuencias legales a dichos contratos.
No es función del MEF declarar la nulidad, dado que su competencia es efectuar un análisis sobre la estructura económico-financiera y la asignación de riesgos.