Indecopi ratifica suspensión de funciones por un año a consejo directivo de Apdayc

La Apdayc había apelado la decisión ante la Sala Especializada en Propiedad Intelectual del Indecopi, la que finalmente confirmó la sanción impuesta por la Comisión de Derecho de Autor.

Por: Redacción Gestion.pe

La Sala Especializada en Propiedad Intelectual del Indecopi confirmó, en segunda instancia, la sanción impuesta al consejo directivo de la Asociación Peruana de Autores y Compositores (Apdayc) a través de la cual suspende sus funciones por un año, a partir de la instalación de una junta administradora que se haga cargo de los destinos de dicha asociación.

La Comisión de Derecho de Autor había sancionado, en primera instancia, a la Apdayc con la suspensión de su consejo directivo, además de la aplicación de una multa, por infringir el Decreto Legislativo N° 822, Ley de Derecho de Autor, al distribuir regalías que no son proporcionales a la explotación del repertorio.

Sin embargo, la Apdayc apeló la decisión ante la Sala Especializada en Propiedad Intelectual del Indecopi, la que finalmente confirmó la sanción impuesta por la Comisión de Derecho de Autor.

En ese sentido, la Sala dispuso la instalación de una junta administradora por el lapso de un año, la que estará integrada únicamente por representantes de las diversas categorías de asociados que tiene la Apdayc, quienes no deberán ser miembros del consejo directivo suspendido.

Además, la Sala Especializada en Propiedad Intelectual confirmó una multa de 30 unidades impositivas tributarias (UIT) para esta sociedad de gestión colectiva.

Precisó que la Sala determinó que la resolución constituye una decisión de suma importancia para consolidar el sistema de las sociedades de gestión colectiva y sus asociados.

Este busca aplicar sistemas de distribución reales y que excluyan la arbitrariedad, bajo el principio de un reparto equitativo entre los titulares de derechos en forma proporcional a la utilización de sus obras, interpretaciones o producciones.