Impuesto Predial subirá 20% en Lima y Callao en el 2016

Solo para los predios nuevos en estado muy bueno y con menos de 5 años de antigüedad el aumento del impuesto predial será 11.78%, informó la CCL.

Por: Redacción Gestion.pe

El Centro Legal de La Cámara de Comercio de Lima (CCL) informó que para el 2016 el impuesto predial para Lima y Callao tendrá un incremento sustancial del 20% en promedio por efecto de los nuevos valores arancelarios de terrenos urbanos aprobados por el Ministerio de Vivienda.

“Para efectos del impuesto predial 2016, los Valores Oficiales de Edificaciones se registra un incremento de 4% en promedio, equivalente a la inflación proyectada. Sin embargo, los valores arancelarios de terrenos tienen un incremento de hasta el 40%, lo que generará un mayor impuesto predial para el próximo año”, precisó Víctor Zavala, gerente del Centro Legal de la CCL.

En tanto, las tablas de depreciación por antigüedad y estado de conservación se mantienen y no han variado.

Impuesto Predial 2016
Para los predios nuevos en Lima y Callao (categoría A), en estado muy bueno y con menos de 5 años de antigüedad el aumento del impuesto será 11.78%. Para los predios categorías B y C el aumento será 21.28% y 18.80%, respectivamente; mientras que para los predios categoría D el aumento será 27%.

Cabe señalar que el aumento del impuesto predial no sólo será para Lima y Callao. Como se conoce, el 30 de octubre último se han publicado siete resoluciones del sector Vivienda, referidas a los nuevos valores de edificaciones y valores arancelarios de terrenos urbanos y rústicos a nivel nacional y que tendrán impacto en el impuesto predial 2016.

Aranceles de terrenos
Comparando los aranceles de terrenos 2015-2016 en cinco distritos de Lima, se consta: En Miraflores (aumento promedio 32%), Surquillo (aumento promedio 43%), San Isidro (aumento promedio 36%), Surco (aumento promedio 44%) y en Barranco (aumento promedio 30%).


Propuesta
Zavala afirma que si se trata de sincerar los valores de terrenos, llevándolos a valor de mercado, tal “sinceramiento” debe hacerse de modo progresivo, año a año; puesto que al ser estos valores base para el cálculo del impuesto predial.

De aplicarse la actualización en un solo tramo, para el ejercicio 2016, lo que generaría un incremento excesivo en dicho impuesto, con el consecuente perjuicio al contribuyente.

“Lo adecuado y sensato es que la conducción a precios de mercado se realice en un lapso mínimo de cinco años, de modo que los contribuyentes puedan asimilar el impacto de dicho incremento”, señaló Zavala.