Concytec calificará y autorizará a proyectos de innovación de empresas para obtener beneficios tributarios

El Concytec, el MEF, la Sunat y el Produce tienen “casi listo” el reglamento que permitirá a las empresas deducir sus gastos en innovación e investigación en 175%.

El Concytec fiscalizará el desarrollo de los proyectos, dijo su presidenta Gisella Orjeda.

Por: Redacción Gestion.pe

El Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica (Concytec) calificará y autorizará los proyectos empresariales en materia de investigación científica, desarrollo tecnológico e innovación tecnológica (I D I) que busquen acceder al beneficio tributario que ofrecerá el gobierno, y fiscalizará el avance técnico de tales iniciativas, señaló su presidenta Gisella Orjeda.

Adelantó que esas será una de las novedades del reglamento de la Ley N° 30309, Ley que promueve la investigación científica, desarrollo tecnológico e innovación tecnológica, permitiendo a las empresas deducir sus gastos en estos rubros hasta en un 175%.

Dicho reglamento está siendo elaborado por técnicos del Concytec, del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), de la Sunat y del Ministerio de la Producción, y “tienen casi listo” ese documento, según Orjeda.

La Ley N° 30309 establece que las empresas que desarrollen directamente proyectos de investigación científica o mediante centros de investigación, desarrollo e innovación peruanos podrán deducir esos gastos en un 175% para el cálculo del Impuesto a la Renta. En caso de que las empresas recurran a un centro de investigación extranjero, el beneficio solo será de 150%.

Para ambos escenarios, los proponentes del reglamento han considerado que el Concytec debe guardar la debida confidencialidad de los proyectos que postulan a este beneficio.

Si el contribuyente desarrolla directamente el proyecto de I D I debe demostrar que cuenta con equipamiento, infraestructura, sistemas de información y bienes que sean necesarios para tal fin.

Además los investigadores o especialistas que formen parte del proyecto deberán tener el conocimiento necesario para realizarlo y encontrarse registrados en el Directorio Nacional de Investigadores e Innovadores (DINA).

Sobre los centros de investigación científica, estos también deberán obtener la autorización del Concytec para ofrecer sus servicios y formarán parte del Registro Nacional de Centros de Investigación y Desarrollo e Innovación (Renacyt). La lista de centros de investigación autorizados estará disponible para las empresas en la página web del Concytec.

Cabe resaltar que el reglamento precisará que si el proyecto I D I es financiado por algún fondo del Gobierno Central, no se exigirá el requisito de calificación y autorización a que se refiere la Ley. Por ejemplo, aquellos consorcios formados por la academia, la empresa y el Estado para formar Centros de Excelencia, estarán calificados para obtener el beneficio tributario.

Finalmente, el Concytec de manera periódica fiscalizará el desarrollo de los proyectos y emitirá un informe Sunat sobre el cumplimiento.

“Nosotros garantizaremos un adecuado y rápido proceso de calificación para las empresas, salvaguardando la calidad y confidencialidad del proyecto. Somos conscientes que debemos promover una mayor innovación y desarrollo científico y las empresas y Centros de Investigación son, para nosotros, las principales actores de la innovación y productividad del país”, puntualizó Orjeda.