Bonos de reforma agraria del Perú desatan batalla legal internacional
Para Gramercy, el uso por parte del Gobierno peruano de una “controvertida estrategia de revalorización equivale a expropiación”. ¿Quién tiene la razón en esta batalla legal? Aquí la opinión de una columnista de Forbes.
Por: Redacción Gestion.pe
Una amarga batalla legal está en marcha en América Latina. A principios de junio, el fondo de cobertura Gramercy presentó una demanda contra el Perú sobre la valoración de los “bonos de la reforma agraria” que datan de la década de 1960 y 70. El caso será tratado no en el Perú, donde el Tribunal Constitucional ya ha declarado que el enfoque del gobierno peruano sobre los bonos es legal bajo la ley peruana, sino por un tribunal internacional bajo el Acuerdo de Promoción Comercial (TPA) del Perú con EE.UU.
Gramercy argumenta que el uso por parte del gobierno peruano de una controvertida estrategia de revalorización equivale a expropiación. Y dice que el Perú lo ha discriminado al establecer una secuencia de prioridad para el pago de los bonos: la demanda de Gramercy es efectivamente menor a la de todos los demás tenedores de bonos agrarios, violando el principio de proporcionalidad. Ahora, ¿dónde hemos oído algo como esto antes?
Los bonos de la reforma agraria fueron otorgados a los tenedores de bonos cuando el gobierno peruano de ese entonces expropió grandes cantidades de tierras de propietarios privados y las distribuyó entre campesinos pobres. Durante el subsiguiente colapso económico e hiperinflación, los bonos quedaron sin valor. En el 2001, fueron restaurados a un valor razonable en la nueva moneda del Perú mediante la deflación por la tasa de inflación del IPC durante su vida útil. Inversores, incluyendo Gramercy, luego compraron un número significativo de estos bonos de los dueños originales. Sin embargo, muchos de los tenedores originales todavía tienen parte o la totalidad de su propiedad.
En el 2013, el gobierno peruano –preocupado por el costo de honrar estos bonos y el efecto sobre las finanzas fiscales– cambió la forma en que los tasó. En lugar de restaurar su valor por la deflación del IPC, utilizó una fórmula desconocida para convertir los bonos al equivalente de bonos del Tesoro estadounidense. De este modo, Gramercy dice que el gobierno acabó con la mayoría de su valor y afirma que esto equivale a una expropiación, lo cual es ilegal bajo los términos del TPA entre EE.UU. y Perú.
Gramercy dio un ejemplo de un bono cuyo valor –según dice– fue borrado usando la nueva metodología de valoración, y desafió al gobierno peruano a confirmar o negar la valoración:
A pesar de que el MEF hace específicamente referencia al Bono No. 008615 como el “único bono”, el ministerio sigue evadiendo hacer frente a la declaración de Gramercy del mes pasado que el Bono No 008615 vale US$ 16,161 bajo la metodología del Índice de Precios al Consumidor (IPC) pero menos de un centavo bajo la fórmula de valoración del MEF. Una vez más, desafiamos al MEF a declarar públicamente la cantidad que está ofreciendo para compensar a Gramercy por el Bono No 008615 bajo su fórmula actual establecida en los Decretos Supremos del 2014.
Pero el gobierno peruano se niega categóricamente a confirmar o negar el cálculo de Gramercy, e insiste en que Gramercy debe poner sus bonos en el “proceso” con el fin de obtener una valoración. El “proceso” es irrevocable: una vez presentado, el bono será revalorizado. Comprensiblemente, Gramercy quiere primero una estimación fiable de valoración por parte del gobierno peruano. Del mismo modo comprensible, el gobierno peruano no quiere proporcionar una. Punto muerto.
Gramercy no es el único tenedor de bonos que se queja de la metodología de la revaluación y el secretismo del gobierno peruano. Ramón Remolina, presidente de ABDA, uno de los dos grupos que representan a los tenedores peruanos, dijo: “El deseo del MEF de mantener en secreto la valoración que su proceso da a los bonos no es sorprendente. La fórmula matemática de los decretos supremos asegura que el valor de los Bonos Agrarios sea cercano a cero para cualquier tenedor de bonos”. E instó al gobierno peruano a revelar las valoraciones:
Los tenedores de bonos apoyan los hechos. Desafiamos al MEF y los asesores legales del Perú a abstenerse de insultos, y en su lugar responder a las muchas preguntas legítimas que se han negado a responder desde que la manchada Decisión del Tribunal Constitucional y los decretos supremos se dieron a conocer en el 2013 y 2014. Por ejemplo, el MEF debe sinceramente reconocer el valor trivial que su fórmula ofrece a cualquier bono en particular. Ellos crearon la fórmula; no pueden decir que no saben cuál es el valor que otorga.
Gramercy tampoco es el único tenedor de bonos que busca reparación legal, aunque es el único que utiliza el derecho internacional. Remolina dice que también hay cerca de 450 demandas peruanas. Pero dado que el Tribunal Constitucional aprobó la metodología de valoración y los cambios de precedencia en el 2013, es difícil ver cómo las demandas peruanas pueden tener éxito en la actualidad. Sin embargo, el proceso mediante el cual el Tribunal Constitucional aprobó el nuevo proceso es altamente sospechoso, implicando cambios no autorizados en un documento legal por el cual el secretario judicial, Oscar Díaz, enfrenta un juicio por cargos de falsificación. La apelación de Gramercy al derecho internacional cuestiona, entre otras cosas, la legitimidad de la decisión del Tribunal Constitucional.
Como era de esperar, la respuesta del gobierno peruano a la demanda de Gramercy es indiferente. Dice que ha establecido un procedimiento para validar los bonos, que es vinculante según la legislación peruana, y otros tenedores de bonos están participando:
El Ministerio de Economía y Finanzas estableció debidamente un procedimiento administrativo abierto a los legítimos tenedores de bonos. El Perú instaló un equipo para la revisión de los bonos presentados por los tenedores de bonos y desarrolló un protocolo especial y base de datos para la autenticación de esos bonos.
El procedimiento administrativo establece la autenticación y registro de los bonos de la reforma agraria, así como su valoración y pago. Durante los últimos dos años, cientos de tenedores de bonos han participado y más de diez mil de los bonos han sido autenticados. El Ministerio continúa desarrollando y aplicando la siguiente fase en el procedimiento administrativo para facilitar la actualización y el pago de los bonos.
Pero de acuerdo con ABDA, la mayoría de los tenedores de bonos mostraron su rechazo:
La semana pasada, la Administración Humala declaró públicamente que han autenticado 10,000 bonos con un valor nominal total de aproximadamente 136 millones de soles de oro. Sin embargo, el informe del Congreso del 2006 encontró que 2,400 millones de soles de oro de bonos agrarios estaban pendientes. Los bonos que participan en el programa del MEF, por tanto, representan menos del 6% del valor nominal agregado de bonos agrarios pendientes.
Y la nota de prensa de Gramercy del 7 de julio dice que la tasa de participación es aún más baja:
Sobre la base de una carta de julio del 2015 emitida por el MEF, está claro que los bonos agrarios promovidos por los tenedores de bonos en el actual “proceso” de simulación tienen un valor nominal total de aproximadamente 136 millones de soles de oro. Además, según un informe del 2006 emitido por la Comisión Agraria del Congreso del Perú, los bonos agrarios totales pendientes representan un importe nominal total de aproximadamente 2,400 millones de soles de oro. Por lo tanto, los 10,000 Bonos Agrarios citados por el MEF representan menos del 5% del importe nominal total de bonos agrarios pendientes. Además, la carta de julio del 2015 del MEF indica que menos de 230 tenedores de bonos individuales en realidad se presentaron al “proceso” de simulación.
Es difícil ver esto como una historia de un fondo de cobertura voraz tratando de obtener su libra de carne de un país pobre a costa de su población en apuros. No, esta es una historia de la actuación de un fondo de cobertura que potencialmente podría beneficiar a muchos otros inversores, la mayoría de ellos peruanos. Es más como el Banco Cooperativo de Argentina.
Los tenedores de bonos agrarios tienen algunos partidarios poderosos, incluyendo el influyente ex primer ministro del Perú, Beatriz Merino. En una entrevista con Reuters del 15 de julio de 2016, Merino –abogada de profesión– pidió al actual gobierno peruano cumplir con sus obligaciones con los tenedores de bonos. “Esto no debe continuar por más tiempo y no puede continuar por más tiempo”, dijo. “Perú tiene hoy una economía respetada y aspira a ser un país del primer mundo. Esto conlleva responsabilidades. Y una de esas responsabilidades es hacer frente a sus deudas”.
Ella tiene razón. Al Perú le tomó mucho tiempo convencer a la comunidad internacional de que era de confiar: el TPA entre EE.UU.-Perú se firmó en el 2006 y entró en vigor en el 2009. Si la demanda de arbitraje de Gramercy tiene éxito, va a hacer un daño considerable a la relación comercial de Perú con los EE.UU., y posiblemente con otros países también, aunque otros países de Latinoamérica podrían respaldarlo. Parece un alto precio a pagar por lo que es –para el Perú– una cantidad relativamente pequeña de dinero que el país puede pagar cómodamente sin dañar seriamente su posición fiscal.
Sin embargo, el uso de acuerdos comerciales internacionales para anular decisiones de legisladores nacionales es motivo de controversia. Por supuesto, no todos los gobiernos son benignos: los operadores e inversores internacionales necesitan cierta protección frente a decisiones arbitrarias, inconsistentes y corruptas. Pero en el caso peruano de los bonos agrarios, un tenedor de bonos extranjero que recurre al derecho internacional está en efecto ofreciendo protección a los inversores nacionales de lo que consideran expropiación.
Esto plantea una pregunta interesante. ¿Es legítimo utilizar el derecho internacional para anular la decisión de un gobierno elegido democráticamente, incluso si ese gobierno está actuando de una manera represiva hacia una minoría de sus propios ciudadanos? Argumentar que el arbitraje internacional no tiene lugar en un asunto como este, y al mismo tiempo aceptar la jurisdicción de los tribunales internacionales sobre crímenes de guerra y genocidio, sin duda equivale a una defensa especial. En estos momentos en que estamos viendo el resurgimiento del nacionalismo, ¿dónde se encuentran los límites de la soberanía nacional?
Por Frances Coppola, colaboradora de Forbes.