59 personas recibieron cárcel efectiva por defraudación tributaria y delitos aduaneros
En Lima la modalidad de delito tributario más frecuente fue la utilización de comprobantes de pago falsos, principalmente para sustentar indebidamente el crédito fiscal.
Por: Redacción Gestion.pe
Durante el 2014 el Poder Judicial sentenció a 59 personas a prisión efectiva, con penas que van desde los cuatro hasta 13 años, principalmente por la comisión del delito de defraudación tributaria (19) y delitos aduaneros (40), informó la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat ).
Según reporta la Procuraduría Pública de la Sunat, órgano encargado de la representación y defensa jurídica del ente recaudadora, l mayor número de sentenciados proviene de Lima (21) mientras que los 38 restantes están divididos en Puno (nueve), Junín (seis), Tacna (cinco), Cusco y Lambayeque (cuatro cada uno) y otros (diez).
Respecto a Lima, la modalidad de delito tributario más frecuente fue la utilización de comprobantes de pago falsos, principalmente para sustentar indebidamente el crédito fiscal.
Otras modalidades delictivas identificadas a nivel nacional fueron: ocultamiento de ingresos, deducción indebida de costo/gasto falso, contrabando, defraudación de rentas de aduanas y tráfico ilícito de mercancías.
La Sunat señaló que en materia aduanera, en las jurisdicciones de Lima, Callao y Puno el delito más frecuente es el contrabando.
Además de los 59 condenados con cárcel efectiva, la Sunat consiguió 125 (Lima: 40, interior del país: 85) condenas a penas suspendidas, lo cual significa que pese a que se halló responsabilidad penal en los procesados, el Poder Judicial juzgó y sentenció en base a un criterito de discrecionalidad.
Subrayó que en el 2012 se lograron sentencias de prisión efectiva en 37 casos y en 2013 en 40, lo cual evidencia que las sanciones por la comisión de los delitos de defraudación tributaria y delitos aduaneros son cada vez más severas.
De acuerdo a lo establecido en la Ley Penal Tributaria y la Ley Penal Aduanera, se sanciona penalmente como “conducta reprochable” a aquel contribuyente que en provecho propio o de un tercero deja de pagar los tributos que le corresponden, valiéndose de cualquier forma de defraudación tributaria o Aduanera.
También cuando se ingresa o extrae mercancías del territorio nacional sin cumplir con las formalidades legales y afectando el control aduanero.